miércoles, 14 de julio de 2010

API - Código de Operación de Transporte

Es un régimen por el cual se informan los bienes que se trasladan, su origen, destino, propietario y destinatario entre otros datos relevantes. Así el sistema implementado otorga un código (COT) por cada operación de traslado de bienes. El referido código deberá ser obtenido por los sujetos obligados a emitir los comprobantes que respaldan el traslado y entrega de bienes, o por el propietario o poseedor de los bienes, en forma gratuita, previo al traslado o transporte de la mercadería. El mismo deberá ser solicitado antes del traslado de la mercadería, siempre que el lugar de origen y/o destino de los bienes sea dentro del territorio provincial. Para la generación de un COT es necesario tramitar la “Clave de Transporte”(CIT), la misma se obtiene a través de la página web de la Provincia de Santa Fe (www.santafe.gov.ar).
La Clave de identificación de transporte es un número de 6 dígitos que sirve para autenticar al sujeto en todas aquellas operaciones vinculadas al sistema para generar el COT. Para poder obtener el CIT deberá estar habilitado al Servicio API - Santa Fe - COT, dentro de su clave fiscal de AFIP. Esta operación se realiza por única vez. Una vez que se obtiene la clave de transporte podrá generar el COT por medio de alguna de las siguientes alternativas:
• Carga manual
• A través de la plataforma SIAP
• Remito electrónico
• Sistema telefónico (para aquellas localidades que no poseen servicio de Internet)
No requiere de sistemas informáticos del que deba hacerse cargo quien genere el código. Salvo para aquellas empresas que por el volumen de sus operaciones opten por la modalidad de Remito Electrónico. En cuyo caso ante la solicitud el API otorga el plazo adecuado para su implementación.
No es necesario llevar el comprobante de COT en el vehículo de traslado de los bienes sino que el COT puede ser informado verbalmente. Se debe solicitar el COT para aquellos bienes que figuren en el Anexo III de la Resolución 21/09 de API, cuyo valor y/o peso superen los $20.000 (precio final) o los 3.000 Kg respectivamente, y los mismos no revistan el carácter de bienes de uso o material promocional o publicitario. Cuando el dador de carga es una sola persona física o jurídica y el traslado tiene destinos múltiples, se debe generar un solo código (COT) indicando en él los distintos destinatarios.
Cuando el transporte es realizado por terceros, se debe generar un código por cada dador de carga.
Cuando al inicio del traslado no se conoce detalladamente destinatarios o mercaderías a entregar en cada destino, se genera un COT “abierto”, con las operaciones no específicamente detalladas. Una vez vencido el COT hay cuatro días para completar la información faltante.
En el caso de operaciones de transporte entre depósitos de una misma firma deben consignarse la misma persona para despachante y destinatario. No le cabe alguna responsabilidad a las empresas de transporte salvo que la mercadería circule sin ningún comprobante respaldatorio del traslado, en cuyo caso al no poder demostrarse la titularidad de los bienes se supone a la empresa de transporte propietaria de la misma.

Fuente: página web Gobierno de la provincia de Santa Fe

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